Tabla de contenido:
- Beneficios
- Casado o viviendo en el extranjero
- Uniones civiles y otras relaciones legales no maritales
- Cónyuges divorciados
- The Bottom Line
El 14 de agosto de 1935, el presidente de los Estados Unidos, Roosevelt, promulgó la Ley de Seguridad Social, un programa de seguro social diseñado para pagar a los trabajadores jubilados un ingreso continuo. Si bien la legislación original solo brindaba beneficios de jubilación -y solo a los trabajadores- las enmiendas posteriores agregaron beneficios dependientes, beneficios de sobrevivientes y beneficios por discapacidad. De los casi 60 millones de personas que reciben beneficios de la Seguridad Social cada mes, alrededor de dos tercios, unos 49 millones, son jubilados y sus familias.
Recientemente, se amplió la definición de "familia", que afecta a quién tiene derecho a ciertos beneficios de la Seguridad Social. El 26 de junio de 2015, la Corte Suprema de EE. UU. Emitió una decisión en Obergefell v. Hodges sosteniendo que las parejas del mismo sexo tienen el derecho constitucional de contraer matrimonio en todos los estados. Esa decisión otorga a las parejas casadas del mismo sexo y del sexo opuesto el mismo acceso a los beneficios federales, incluidos los beneficios de la Seguridad Social. Esto es lo que las parejas del mismo sexo deben saber. (Para más información, consulte Parejas gay: aquí están sus nuevos derechos .)
Beneficios
Las parejas del mismo sexo casadas pueden ser elegibles para reclamar los beneficios del Seguro Social debido a un cónyuge, que incluyen:
Beneficios de jubilación conyugal - Están basados en el registro de ganancias de su cónyuge (a diferencia de sus propias ganancias) y reclamado mientras ambos cónyuges aún viven. Como cónyuge de un trabajador jubilado, puede ser elegible para recibir su propio beneficio de jubilación del Seguro Social o una cantidad igual al 50% del beneficio de su cónyuge jubilado, el que sea mayor (suponiendo que cumpla con los requisitos de edad y otros requisitos).
Beneficios de Discapacidad conyugal - El Seguro Social paga beneficios a los asalariados que no pueden trabajar porque tienen una afección médica que se espera que dure al menos un año o que resulte en la muerte . Como cónyuge, puede ser elegible para un beneficio mensual de hasta el 50% del beneficio del trabajador discapacitado. Para calificar, su cónyuge debe tener derecho a los beneficios por discapacidad, usted y su cónyuge deben haber estado casados durante al menos 12 meses antes de solicitar los beneficios por discapacidad conyugal, y debe tener al menos 62 años de edad (o tener un hijo calificado en su cuidado).
Beneficios por fallecimiento con suma global - Se paga un beneficio por muerte única de $ 255 a un cónyuge sobreviviente (o a un menor si no hay cónyuge). Para ser elegible, usted y su cónyuge deben haber estado casados durante al menos nueve meses inmediatamente antes del día de la muerte de su cónyuge, y deben haber estado viviendo en el mismo hogar al momento de la muerte (con excepciones para hospital y hogar de ancianos) corsé).
Beneficios para Sobrevivientes - Como cónyuge sobreviviente de un matrimonio que duró al menos nueve meses, tiene derecho a recibir su propio beneficio de jubilación del Seguro Social o un monto igual al beneficio de jubilación de su cónyuge, cualquiera que sea mayor, suponiendo que se cumplan la edad y otros requisitos.Si tiene al menos 60 años y estuvo casado durante al menos 10 años, puede continuar recibiendo los beneficios de sobreviviente o cobrar en función de las ganancias de un nuevo cónyuge si se volviera a casar.
En algunos casos, la Seguridad Social también puede proporcionar beneficios a los hijos de trabajadores jubilados, discapacitados y fallecidos. Se alienta a cualquier persona que crea que él o ella debe ser elegible para que presente los beneficios de la Seguridad Social de inmediato, ya que la fecha de presentación se utilizará para determinar la fecha de inicio de los beneficios.
Casado o viviendo en el extranjero
Si usted y su pareja estaban casados en el extranjero, la Administración del Seguro Social buscará una opinión legal para determinar si su matrimonio es válido en el estado de origen del asalariado al momento de la solicitud o si el asalariado ha fallecido: el estado en el que vivía en el momento de la muerte. Si vive en el extranjero, la Administración del Seguro Social utilizará las leyes del Distrito de Columbia para determinar si el matrimonio es válido.
Uniones civiles y otras relaciones legales no maritales
Las parejas no casadas, ya sean del mismo sexo o del sexo opuesto, son tratadas por la Seguridad Social como individuos. Como tales, no son elegibles para beneficios de jubilación conyugal o beneficios de sobrevivientes, y si se desacoplan no pueden reclamar beneficios como cónyuge divorciado.
Sin embargo, hay casos en que los beneficios se aplican fuera del matrimonio. Según el sitio web de la Administración de Seguridad Social, "la Seguridad Social ahora procesa algunas reclamaciones de jubilación, cónyuge supérstite y pago único por fallecimiento para parejas del mismo sexo en relaciones legales no matrimoniales y el pago de beneficios cuando vencen. "Una relación legal no matrimonial (NMLR) describe" una variedad de relaciones legales para dos personas que no se consideran casadas pero que cuentan con algunos (o todos) los derechos que podrían estar asociados con un matrimonio. "Los ejemplos incluyen:
- Uniones civiles
- Pareja doméstica
- Beneficiario designado
- Beneficiario recíproco
El Seguro Social puede reconocer un NMLR como un matrimonio para fines de beneficio en los casos en que el estado de origen del asalariado lo permita heredar la "parte del cónyuge" de la propiedad personal si el asalariado falleció intestado.
Cónyuges divorciados
Si estuvo casado durante al menos 10 años y tiene al menos 62 años de edad y no está casado al momento de presentar la solicitud, puede tener derecho a recibir beneficios (incluidos beneficios de jubilación conyugal, discapacidad y sobreviviente) basados en la ganancias de su ex cónyuge. Según Gay & Lesbian Advocates & Defenders (GLAD) con sede en Boston, mayo de 2014 fue la fecha más temprana en que los beneficios de la Seguridad Social podrían reclamarse según el registro de ingresos de un ex cónyuge, porque el matrimonio entre personas del mismo sexo se permitió por primera vez en los Estados Unidos. el 17 de mayo de 2004. (Para más información, vea Cómo el divorcio afecta los beneficios de seguridad social .)
The Bottom Line
La Administración de Seguridad Social y el Departamento de Justicia están trabajando para analizar el Obergefell v. Hodges decide y actualiza las instrucciones sobre el procesamiento de reclamos para parejas casadas del mismo sexo.Una cosa que todavía no está clara es cómo se manejará el requisito de la duración del matrimonio para las parejas del mismo sexo, un problema importante para las parejas homosexuales que se casaron tan pronto como pudieron, pero que no se han casado lo suficiente. para calificar para los beneficios.
La Administración de Seguridad Social indica que su sitio web se actualizará a medida que haya nueva información disponible. Debido a que la solicitud de beneficios conserva su fecha de presentación, que se usa para determinar el inicio de cualquier beneficio potencial, la Administración del Seguro Social lo alienta a solicitar beneficios de inmediato, incluso si no está seguro de ser elegible.
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