¿Los planes de la cafetería están sujetos a impuestos?

Art 22 ISR Nueva Tabla para 2018 Acuerdo SAR 009 2018 Honduras (Abril 2024)

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¿Los planes de la cafetería están sujetos a impuestos?

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Anonim
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Si los beneficios que recibe a través del plan de cafetería patrocinado por su empleador son imponibles depende completamente de los beneficios que elija recibir. Debido a que los planes de la cafetería ofrecen una variedad de beneficios para los participantes, algunos de los beneficios están sujetos a impuestos, mientras que otros están completamente exentos.

¿Qué es un plan de cafetería?

Un plan de cafetería es el nombre común para un plan de beneficios patrocinado por un empleador que cumple con los requisitos de la sección 125 del Código de Rentas Internas, también conocido como plan 125. Para reunir los requisitos de la sección 125, los planes deben permitir que los empleados elijan entre los beneficios imponibles y no imponibles, denominados beneficios calificados. Los beneficios calificados más comunes son atención de dependientes o asistencia de adopción, cuentas de ahorros de salud, cobertura de seguro de vida a término y beneficios de accidentes y salud.

Los planes de cafetería se financian mediante la reducción de sueldos de los empleados, muy similar a los planes 401 (k). Esto significa que una parte de cada cheque de sueldo se desvía al plan, lo que reduce el ingreso bruto del empleado para el año. A diferencia de un plan tradicional 401 (k), los planes de cafetería brindan beneficios a los empleados antes de la jubilación. Además, aunque las contribuciones con impuestos diferidos a 401 (k) y otros planes de ahorro para la jubilación calificados todavía están sujetos a impuestos en el año en que se retiran, algunos de los beneficios recibidos a través de los planes de cafetería están totalmente exentos de impuestos.

Beneficios totalmente gravables

El beneficio imponible más común que se ofrece a través de los planes de la cafetería es la opción de recibir efectivo. En lugar de utilizar las contribuciones del plan para financiar otros tipos de beneficios, los empleados pueden elegir simplemente recibir un cheque por el monto del beneficio. En este caso, toda la distribución debe incluirse como ingreso imponible en el año en que se toma.

Beneficios calificados parcialmente gravables

A diferencia de los beneficios en efectivo, los beneficios calificados generalmente no están sujetos al impuesto a la renta, a la Seguridad Social, a la Ley del Impuesto Federal al Desempleo (FUTA) ni a los impuestos de Medicare. Sin embargo, ciertos tipos de beneficios pueden estar sujetos a algunos de estos impuestos a pesar de considerarse no imponibles.

Por ejemplo, cualquier beneficio de seguro de vida a plazo recibido que exceda $ 50,000 en cobertura está sujeto a ambos impuestos de Seguro Social y Medicare, denominados colectivamente como FICA. La asistencia para la adopción recibida a través de un plan de cafetería está sujeta a FUTA y FICA, pero no a la retención de impuestos sobre la renta.