¿Los beneficios de la Seguridad Social están afectados por el matrimonio?

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¿Los beneficios de la Seguridad Social están afectados por el matrimonio?

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Anonim
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El monto de los beneficios de la Seguridad Social que reúne los requisitos para cobrar al jubilarse no se ve afectado por el matrimonio. Su beneficio está dictado únicamente por su propio historial de trabajo, la edad a la que se jubila y la disponibilidad de ingresos externos.

¿Cómo se determina su beneficio de seguridad social?

El factor principal que afecta su beneficio de jubilación del Seguro Social es su historial laboral. Para calificar para recibir beneficios al jubilarse, debe haber trabajado un mínimo de 10 años, cinco de los cuales deben haber transcurrido en la última década.

Además, la cantidad de dinero que gana durante su carrera y la cantidad que paga en impuestos de Seguridad Social afectan su monto máximo de beneficio. El monto de su beneficio se basa en un promedio indexado de sus 35 años laborales más rentables. Por lo tanto, cuanto más haga, mayores serán sus beneficios, hasta un máximo predeterminado.

En 2015, el monto máximo mensual de beneficios si se jubila a los 62 años es $ 2, 025. Si alcanza su plena edad de jubilación, el beneficio máximo es de $ 2, 663, pero si espera hasta los 70 años para presentar su reclamo, el máximo salta a $ 3, 501 debido a la acumulación de créditos de retiro retrasados.

Si está por debajo de la plena edad de jubilación y continúa trabajando mientras recibe beneficios, la cantidad de su beneficio se reduce para compensar sus ingresos adicionales. Además, su monto de beneficio puede reducirse si es elegible para recibir una pensión u otro ingreso de jubilación de un trabajo para el cual no pagó impuestos de Seguridad Social.

Beneficios conyugales

Si está casado y es elegible para los beneficios de jubilación del Seguro Social, es posible que su cónyuge pueda reclamar un beneficio parcial en su cuenta si tiene 62 años o más. El beneficio máximo conyugal es el 50% de su beneficio máximo a la plena edad de jubilación.

Incluso si está divorciado, su ex cónyuge puede reclamar beneficios conyugales en su cuenta y viceversa. En cualquier caso, los beneficios reclamados por su cónyuge o ex cónyuge no tienen ningún efecto en sus propios pagos de beneficios.