¿Cómo se calculan los beneficios de la Seguridad Social para el cónyuge divorciado?

Los derechos de la mujer en el divorcio - Agenda Mujer (Noviembre 2024)

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¿Cómo se calculan los beneficios de la Seguridad Social para el cónyuge divorciado?

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Anonim
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El máximo beneficio de jubilación del Seguro Social pagadero a un cónyuge divorciado es el 50% del monto que se le pagaría al reclamante principal una vez que alcance la plena edad de jubilación. El monto del beneficio conyugal depende del beneficio máximo del reclamante principal, la edad del cónyuge reclamante y la disponibilidad de otros beneficios.

Requisitos

El reclamante principal debe ser elegible para los beneficios de la Seguridad Social para que un cónyuge divorciado pueda reclamar. Sin embargo, un cónyuge divorciado puede reclamar beneficios antes de que el reclamante reciba los beneficios si el divorcio tuvo lugar más de dos años antes.

Los cónyuges divorciados de los reclamantes elegibles pueden reclamar los beneficios de la Seguridad Social solo si estuvieron casados ​​por 10 años o más y permanecen solteros. Si el cónyuge divorciado se vuelve a casar, él pierde el derecho a reclamar a menos que el matrimonio finalice debido a fallecimiento, divorcio o anulación.

Además, un cónyuge divorciado debe tener al menos 62 años de edad y no debe ser elegible para recibir beneficios por su propia cuenta que superen la cantidad disponible como ex cónyuge. Si un ex cónyuge es elegible para recibir beneficios en ambas cuentas y aún no ha alcanzado la plena edad de jubilación, recibirá una combinación de beneficios que es igual a la cantidad más alta.

Si un cónyuge divorciado ha alcanzado la plena edad de jubilación y es elegible para recibir beneficios tanto en la cuenta del ex cónyuge como en la suya, puede optar por recibir primero la prestación conyugal y demorar su propia reclamación para recibir una mayor cantidad de pago en el camino.

Edad total de jubilación

La edad de un cónyuge divorciado es una variable crucial para calcular la cantidad de beneficios conyugales que puede recibir. Aunque puede reclamar en cualquier momento entre las edades de 62 y 70 años, los reclamos hechos antes de la plena edad de jubilación resultan en un pago mensual reducido. Los montos de pago aumentan en función de la edad, hasta el máximo del 50% del beneficio del reclamante principal a la plena edad de jubilación.

La edad total de jubilación es entre 65 y 67 años, y depende únicamente del año de su nacimiento.

Otros ingresos

Al igual que cualquier otro beneficio de la Seguridad Social, la cantidad de ingresos que recibe un cónyuge divorciado de fuentes externas puede afectar sus beneficios. Si un cónyuge divorciado está por debajo de la plena edad de jubilación y continúa trabajando mientras recibe los beneficios del cónyuge, la cantidad del beneficio puede reducirse. En 2015, por cada $ 2 ganados en más de $ 15, 720, los beneficios conyugales se reducen en $ 1.

Si el beneficio mensual conyugal pagadero es de $ 800 y un exesposo de 63 años recibe $ 1, 000 en ingresos laborales, por ejemplo, su beneficio se reduce en $ 500.

Si un cónyuge divorciado alcanzará la plena edad de jubilación en el año en que se realiza el reclamo, la reducción de beneficios se reduce a $ 1 por cada $ 3 ganados en más de $ 41,880.

Si un ex cónyuge es elegible para recibir una pensión de un empleador que no retiene impuestos de Seguridad Social, como una entidad gubernamental o una empresa extranjera, entonces su beneficio se reduce en dos tercios del monto de la pensión, independientemente de la edad.

Si la prestación conyugal mensual es de $ 800 y un ex cónyuge recibe $ 600 de un plan de pensión del gobierno cada mes, entonces el beneficio de la Seguridad Social se reduce en $ 400.