¿Incurriré en una multa fiscal al realizar retiros de mi IRA en exceso de mi SEPP?

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¿Incurriré en una multa fiscal al realizar retiros de mi IRA en exceso de mi SEPP?
Anonim
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Desafortunadamente, el IRA está "bloqueado" durante cinco años debido al requisito de que el pago periódico sustancialmente igual (SEPP) debe continuar durante cinco años o hasta que cumpla los 59. 5 años, cualquiera que sea es más largo. Si retira más del monto del SEPP, los programas SEPP se considerarán nulos, y le deberá al IRS un impuesto indirecto del 10% del monto retirado a menos que se aplique otra excepción.
Para obtener una lista completa de excepciones, consulte Publicación 590 del IRS.

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Si transcurrieron no más de 60 días desde que retiró el monto del SEPP, puede considerar lo siguiente:

  • Desplácese sobre el monto del SEPP que retiró. Esto lo haría no imponible, suponiendo que esta es la única reinversión que involucra al IRA durante los últimos doce meses.
  • Configure una IRA separada (segunda).
  • Suponiendo que no se necesita todo el saldo para satisfacer los ingresos que necesita, realice un cálculo para determinar cuánto debe conservar en la IRA para proporcionar las cantidades que necesita según el SEPP. (La calculadora inversa en www. 72t. Net se puede usar para este propósito.)
  • Transfiera cualquier cantidad que exceda el saldo que necesita según el SEPP a la segunda IRA.
  • Comience un nuevo SEPP bajo el primer IRA.
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Luego puede retirar cualquier monto adicional que necesite del segundo IRA sin afectar el SEPP.

Con esta opción, si el custodio de su cuenta IRA emite un 1099-R que muestra una excepción al impuesto especial por la cantidad que retiró en virtud del primer programa SEPP (y lo reinvirtió), su preparador de impuestos deberá emitir un 1099-R corregido por la cantidad También se requeriría un 1099-R corregido en cualquier caso en que el SEPP sea anulado y el 1099-R muestre el monto como exento del impuesto indirecto. (Para obtener más información al respecto, consulte Formularios de impuestos del plan de jubilación que posiblemente deba presentar: parte 1 .)

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Sin embargo, si ya pasaron más de 60 días desde que retiró el monto del SEPP, la cantidad ya no es elegible para reinversión. Si no tiene otra opción que retirar los montos adicionales de la IRA SEPP, se le exigirá que pague el impuesto especial sobre la cantidad de distribución que intenta tratar como SEPP. Puede reiniciar un nuevo SEPP, pero antes de hacerlo, considere que estará encerrado durante cinco años. También tenga en cuenta que puede transferir una parte a una IRA separada y ejecutar el SEPP de esa IRA, lo que le permitiría tomar distribuciones adicionales de la otra IRA sin romper el SEPP.

Denise Appleby respondió esta pregunta (Comuníquese con Denise)