Tabla de contenido:
- Beneficios para Jubilados
- Si continúa trabajando y recibiendo beneficios antes de su plena edad de jubilación, puede perder algunos beneficios si sus ganancias superan un límite establecido. Por ejemplo, en 2015, perderá $ 1 en beneficios por cada $ 2 en ganancias superiores a $ 1, 310 por mes ($ 15, 720 por año).Aquellos que han alcanzado la plena edad de jubilación pueden ganar cualquier cantidad sin ninguna reducción en los beneficios. Nota: Mientras continúe trabajando, seguirá pagando los beneficios de la Seguridad Social, incluso si también está cobrando beneficios.
- Los jubilados pueden haber sido los beneficiarios originales del Seguro Social, pero no son los únicos elegibles para recibir beneficios en este momento.
- Independientemente del motivo para cobrar los beneficios, como jubilado, trabajador discapacitado o sobreviviente, los beneficios pueden estar libres de impuestos o incluidos en los ingresos a una tasa del 50% o del 85%, dependiendo en la cantidad de beneficios y sus otros ingresos. La Administración de la Seguridad Social estima que alrededor del 40% de quienes cobran beneficios pagan impuestos sobre ellos.
- Mirando hacia el futuro, las reglas sobre la elegibilidad para los beneficios de la Seguridad Social y los impuestos sobre ellas pueden cambiar para mantener a flote el sistema de Seguridad Social. Por el momento, puede obtener una estimación de los beneficios que cobrará en el momento de la jubilación consultando el Estimador de jubilación del Seguro Social
El Seguro Social es un programa federal que brinda beneficios mensuales a jubilados, trabajadores discapacitados y sus sobrevivientes. La cantidad de sus beneficios depende de una serie de factores.
Beneficios para Jubilados
Generalmente, para ser elegible para cualquier beneficio del Seguro Social debe trabajar al menos 10 años. Esto le dará los 40 créditos necesarios para la elegibilidad. Sin embargo, al calcular los beneficios, se promedian las ganancias en los 35 años más altos antes de la jubilación, y solo se toman en cuenta las ganancias después de los 21 años.
El monto de sus beneficios mensuales depende de sus ganancias durante sus años laborales (no solo los 10 años necesarios para la elegibilidad) y de si comienza a cobrar los beneficios anticipadamente, a la plena edad de jubilación oa una edad retrasada .
Ingresos tomados en cuenta. Cada año que trabaja en un trabajo o trabaja por cuenta propia, paga impuestos de Seguridad Social sobre sus ganancias hasta una base salarial fijada anualmente por la Administración del Seguro Social. Por ejemplo, en 2015, la base salarial es de $ 118, 500, por lo tanto, incluso si gana más de este límite, solo se tendrán en cuenta las ganancias hasta alcanzarlo para el cálculo del beneficio.
Beneficios anticipados . Aunque todavía no ha cumplido la edad plena de jubilación (se explica más adelante), puede comenzar a cobrar los beneficios a partir de los 62 años. El hecho de cobrar los beneficios anticipadamente produce una reducción permanente de sus beneficios: la mitad del 1% por cada mes que se beneficia comenzar antes de la plena edad de jubilación para aquellos con una edad de jubilación total de 66 (hay una mayor reducción para los nacidos después de 1954).
Edad de jubilación completa. El importe total de los beneficios a los que tiene derecho de su historial de ingresos se paga a esta edad, que depende del año de su nacimiento.
Año de nacimiento |
Edad total de jubilación |
1943-1954 |
66 |
1955 |
66 y 2 meses |
1956 |
66 y 4 meses |
1957 < 66 y 6 meses |
1958 |
66 y 8 meses |
1959 |
66 y 10 meses |
1960 y posteriores |
67 |
Retraso en la jubilación. |
Si elige no comenzar a cobrar los beneficios a la plena edad de jubilación (o antes), puede aumentar la cantidad de beneficios mensuales al retrasar la cobranza. El aumento es dos tercios del 1% por mes (8% anual). Por lo tanto, si espera hasta los 70 años para comenzar los beneficios, recibirá un 32% más de beneficios por el resto de su vida. Sin embargo, una vez que llegue a los 70 años, no se pueden obtener mayores beneficios. Otros factores que afectan los beneficios
Si continúa trabajando y recibiendo beneficios antes de su plena edad de jubilación, puede perder algunos beneficios si sus ganancias superan un límite establecido. Por ejemplo, en 2015, perderá $ 1 en beneficios por cada $ 2 en ganancias superiores a $ 1, 310 por mes ($ 15, 720 por año).Aquellos que han alcanzado la plena edad de jubilación pueden ganar cualquier cantidad sin ninguna reducción en los beneficios. Nota: Mientras continúe trabajando, seguirá pagando los beneficios de la Seguridad Social, incluso si también está cobrando beneficios.
Los beneficios de Seguro Social pueden ajustarse anualmente por inflación. Por ejemplo, los beneficios de 2015 se incrementaron en un 1. 7% debido a aumentos en el índice de precios al consumidor. Debido a la inflación mínima durante 2015, es probable que los beneficios en 2016 no aumenten.
Otros beneficios de seguridad social
Los jubilados pueden haber sido los beneficiarios originales del Seguro Social, pero no son los únicos elegibles para recibir beneficios en este momento.
Individuos discapacitados.
Aquellos que no pueden hacer casi cualquier tipo de trabajo debido a una condición física o mental pueden calificar para los beneficios por discapacidad del Seguro Social. La discapacidad significa tener una condición que se espera que dure al menos un año o que resulte en la muerte. Probar la discapacidad requiere proporcionar registros médicos; el proceso puede llevar meses. El monto de los beneficios se calcula de la misma manera que los beneficios de jubilación.
Cónyuges.
Un cónyuge puede cobrar beneficios en función de su propio historial de ingresos o el de un cónyuge, el que sea mayor. Una persona que tiene al menos 62 años de edad puede cobrar hasta el 50% de los beneficios que se le pagan a un cónyuge jubilado. Una persona que recolecta beneficios conyugales puede cambiar a sus propios beneficios cuando son más altos. Los cónyuges divorciados que tienen al menos 62 años de edad también pueden cobrar beneficios en función de la elegibilidad del ex cónyuge si el matrimonio duró al menos 10 años y no está casado; el ex cónyuge debe tener al menos 62 años.
Las viudas y viudos pueden cobrar beneficios según la elegibilidad del cónyuge fallecido a partir de los 60 años o hasta los 50 años si están discapacitados y la discapacidad comenzó dentro de los siete años de la muerte del trabajador .
Dependientes de los beneficiarios.
Aquellos que tienen un padre que está discapacitado o jubilado, o que murió después de trabajar lo suficiente como para cobrar los beneficios, pueden cobrar los beneficios en función de la elegibilidad de los padres. El niño debe tener menos de 18 años, 18 o 19 años y un estudiante de tiempo completo que aún está en la escuela secundaria, o 18 o más y discapacitado con una condición que comenzó antes de los 22 años. El niño también debe estar soltero. Impuesto sobre la renta de los beneficios de seguridad social
Independientemente del motivo para cobrar los beneficios, como jubilado, trabajador discapacitado o sobreviviente, los beneficios pueden estar libres de impuestos o incluidos en los ingresos a una tasa del 50% o del 85%, dependiendo en la cantidad de beneficios y sus otros ingresos. La Administración de la Seguridad Social estima que alrededor del 40% de quienes cobran beneficios pagan impuestos sobre ellos.
El monto que se puede incluir en el ingreso, si corresponde, depende de su ingreso provisional. Esta es la suma de su ingreso bruto ajustado total informado en su declaración de impuestos
más 50% de los beneficios de la Seguridad Social y todos los intereses exentos de impuestos y menos ciertos ajustes al ingreso bruto (por ejemplo, interés de préstamos estudiantiles, matrícula y deducción de tasas). El cómputo para determinar la cantidad de beneficios que se incluyen en el ingreso es complicado, pero como regla general:
Si el ingreso provisional excede $ 25, 000 si es soltero, o $ 32, 000 si es casado. conjuntamente, incluya el 50% de los beneficios de Seguridad Social en los ingresos (p. ej., informe esto en la línea 20b del Formulario 1040).
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Si el ingreso provisional es más de $ 34,000 si es soltero o $ 44,000 si es casado que presenta una declaración conjunta, incluya el 85% de los beneficios en el ingreso.
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Aquellos que están casados que presentan una declaración por separado y viven con su cónyuge en cualquier momento durante el año deben incluir el 85% de sus beneficios en el ingreso, independientemente de su monto de ingreso provisional. (Para obtener más información sobre cuestiones relacionadas con la presentación por separado, consulte
Razones principales para presentar por separado cuando está casado y Evite la trampa de impuestos de la seguridad social .) Nota
: asegúrese de verifique el tratamiento del impuesto sobre la renta de su estado de los beneficios de la Seguridad Social. A pesar de que los beneficios pueden incluirse parcialmente en los ingresos a los fines del impuesto a la renta federal, pueden ser totalmente libres de impuestos para fines del impuesto a la renta estatal. The Bottom Line
Mirando hacia el futuro, las reglas sobre la elegibilidad para los beneficios de la Seguridad Social y los impuestos sobre ellas pueden cambiar para mantener a flote el sistema de Seguridad Social. Por el momento, puede obtener una estimación de los beneficios que cobrará en el momento de la jubilación consultando el Estimador de jubilación del Seguro Social
. Puede obtener más información sobre los impuestos federales sobre la renta en los beneficios de la Seguridad Social de la Publicación 915 del IRS, Beneficios de jubilación ferroviaria equivalentes y del Seguro Social . Para la lectura relacionada, vea
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