¿Qué son los beneficios conyugales del Seguro Social?

Una EX esposa puede reclamar derechos de la pensión a su EX esposo Si o No (Octubre 2024)

Una EX esposa puede reclamar derechos de la pensión a su EX esposo Si o No (Octubre 2024)
¿Qué son los beneficios conyugales del Seguro Social?

Tabla de contenido:

Anonim
a:

Los beneficios conyugales del Seguro Social son beneficios parciales de jubilación o discapacidad otorgados a los cónyuges de los contribuyentes que califican.

Calificando para beneficios conyugales

Para calificar para cualquier tipo de beneficio conyugal, debe tener al menos 62 años o cuidar a un hijo del beneficiario principal. Esta excepción solo se aplica a los cónyuges que cuidan a niños menores de 16 años o discapacitados.

Beneficios por discapacidad

Además del requisito de trabajo anterior, su cónyuge también debe tener una enfermedad o discapacidad calificada y debe cobrar activamente para que califique para los beneficios por discapacidad del cónyuge.

Los beneficios por discapacidad del cónyuge no pueden exceder el 50% del beneficio de su cónyuge calificado. Sin embargo, sus hijos dependientes también pueden calificar para los beneficios bajo la cuenta de su cónyuge. El máximo de beneficios familiares varía, pero generalmente es entre 150 y 180% del monto del beneficio de su cónyuge.

Beneficios de jubilación

A partir del 1 de mayo de 2016, los cónyuges ya no podían cobrar los beneficios de jubilación conyugal bajo la cuenta de su cónyuge calificado a menos que el cónyuge calificado estuviera cobrando activamente los beneficios. Esto es un cambio: bajo una política llamada "archivar y suspender", los cónyuges elegibles solían poder iniciar un reclamo (para que su cónyuge pudiera comenzar a recibir beneficios del cónyuge), pero luego optaban por suspender el pago, lo que aumentaba su propia eventualidad el monto del beneficio a través de la acumulación de créditos de jubilación retrasada. Ahora, al igual que con la discapacidad, el cónyuge calificado debe recibir beneficios para que su pareja obtenga los beneficios conyugales.

La única excepción es que un cónyuge divorciado cuyo matrimonio duró 10 años o más puede solicitar beneficios conyugales, ya sea que su exmarido haya presentado o no. Haga clic aquí para más detalles.

Otro beneficio que los jubilados más jóvenes perdieron a partir de 2016: un cónyuge casado o divorciado nacido antes del 2 de enero de 1954 que ha alcanzado la plena edad de jubilación aún puede optar por cobrar solo el beneficio conyugal y esperar hasta una edad posterior para recibirlo beneficio de jubilación completo. Esta opción no existe para las personas más jóvenes.

Los beneficios conyugales no pueden exceder el 50% del monto del beneficio de su cónyuge calificado a la plena edad de jubilación. Si comienza a cobrar beneficios conyugales antes de alcanzar su plena edad de jubilación, el monto de su beneficio se reduce de forma permanente para compensar los meses adicionales de cobranza. Cuanto más cerca esté de la plena edad de jubilación, cuando comience a cobrar, mayor será el porcentaje del beneficio máximo que recibirá, hasta el límite del 50%.